Seguridad electrónica

Seguridad electrónica

Puesto que la finalidad de la Sede Electrónica es “realizar todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de la Administración Pública o de los ciudadanos por medios electrónicos” (art.4.1 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre (BOE-A-2009-18358), de desarrollo parcial de la Ley 11/2007, de 22 de junio (BOE-A-2007-12352), de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos), es preciso utilizar dispositivos de identificación electrónica, según la criticidad de dichos procedimientos y en especial la firma electrónica y los certificados digitales.

Por ello, le presentamos aquí de forma concisa, la información que necesita para su utilización, proponiendo mediante el enlace a sitios web relacionados directamente con cada punto particular, la ampliación sobre dicho punto.

¿Qué es un Certificado Digital y para qué sirve?

Según la Ley 59/2003, de 19 de diciembre (BOE-A-2003-23399), de Firma Electrónica, en su Artículo 6: Concepto de certificado electrónico y de firmante.

  1. Un certificado electrónico es un documento firmado electrónicamente por un prestador de servicios de certificación que vincula unos datos de verificación de firma a un firmante y confirma su identidad.
  2. El firmante es la persona que posee un dispositivo de creación de firma y que actúa en nombre propio o en nombre de una persona física o jurídica a la que representa.

O sea, un certificado digital es la acreditación, por parte de una autoridad de certificación como FNMT, Verisign, etc., de que quien presenta dicho certificado es realmente quien dice ser. Su utilización por parte del ciudadano, una vez instalado en su navegador, es automática.

Por parte de la Administración Pública

La relación de certificados digitales utilizados son:

  • de Sede Electrónica, para que usted pueda estar seguro de que está realmente dirigiéndose a la sede.micinn.gob.es y no a una suplantación de la misma.
  • de Servidor de una aplicación a la usted que accede para realizar un trámite. Este es un mecanismo automatizado entre su ordenador (el navegador que utiliza) y el de la sede.micinn.gob.es.
  • Sello de tiempo, que garantiza que un trámite o un documento se produce en la fecha y el instante en que se ha realizado.
  • de Órgano administrativo o de funcionario, que autentica al mismo al firmar electrónicamente un documento o trámite.

Ceres-Certificados digitales de la Administración Pública 

Por parte de los ciudadanos

Los certificados digitales utilizados son: Ceres-Ciudadanos

  • de persona física, dentro de la relación de sistemas de firma electrónica (BOE.es) admitidos o utilizados en la sede, incluido el DNIe (DNI electrónico).
  • de persona jurídica

Sirve para que usted se identifique ante la Sede.micinn.gob.es por vía electrónica. Este certificado se encuentra instalado en su navegador y se muestra automáticamente ante el dispositivo de verificación de cualquier aplicación de https://sede.micinn.gob.es cuando se le requiere.

Mediante los certificados digitales, de autenticación y de firma, contenidos en su DNIe, usted puede autenticarse ante la sede. Para ello necesitará un dispositivo electrónico lector conectable a su ordenador.

Seguridad de los sistemas de información de la sede.micinn.gob.es

El acceso a las aplicaciones que se ofrecen a través de esta sede electrónica establecen mecanismos de seguridad permanentes, para garantizar la autenticidad, integridad y confidencialidad de las comunicaciones establecidas entre un ciudadano y la sede electrónica de la SEIDI (BOE-A-2010-1330), mediante la utilización del Protocolo de Capa de Conexión Segura (SSL). Se disponen sistemas de cortafuegos que analizan la información entrante para verificar que no es potencialmente dañina y la dirigen a su destino adecuado.

Con el fin de garantizar una elevada disponibilidad, la configuración de los sistemas informáticos y de telecomunicación que soportan la sede electrónica de la SEIDI están dotados de equipos que aseguran la alta disponibilidad, así como la interoperabilidad con los sistemas de información de las demás Administraciones Públicas (BOE-A-2010-1331).