Certificado digital

Información sobre certificados

A continuación se encuentra información sobre cómo validar certificados electrónicos, los requisitos técnicos necesarios para realizar trámites en esta Sede Electrónica, así como los sistemas de firma y certificados admitidos. En esta sección también se publican los certificados de sede y sello utilizados por esta Sede Electrónica.

Requisitos técnicos

Cuando se accede por primera vez a la Sede Electrónica puede aparecer un mensaje de seguridad indicando que el sitio no es de confianza.

Esto generalmente es debido a que la Sede Electrónica utiliza el certificado digital de la Autoridad de Certificación de la Administración Pública Española o de Camerfirma Administraciones Públicas. Estas autoridades en algunos navegadores no tienen instalados los certificados raíz necesarios. Para poder corregir este problema se debe:

Para acceder a los servicios ofrecidos a través de la Sede Electrónica del Ministerio debe disponer de las siguientes configuraciones:

  • Navegador Internet Explorer 6.0 o superior - Mozilla Firefox 3.0 (*)o posterior - Google Chrome 14.0 o posterior
  • Visualizador de archivos Adobe Acrobat Reader 4.0 ó superior
  • Únicamente para el Servicio con Certificado Digital será necesario tener instalado: Java Runtime Environment (JRE) 1.6, aunque se recomienda tener la última versión instalada.

(*) Cómo importar un certificado desde Mozilla Firefox

  • Acceda a "Herramientas", "Opciones", "Avanzado" y seleccione la pestaña "Cifrado". Compruebe que la opción "Preguntarme cada vez" esté también marcada.
  • Pinche en "Ver certificados" y después en el botón "Importar". El icono de una copia válida será un sobre amarillo abierto con un certificado verde asomando y una llave y la extensión ".PFX" o ".P12". Selecciónela desde la ubicación en la que esté guardada y pinche en el botón "Abrir" de la ventana "Nombre del archivo a restaurar".
  • Es posible que el navegador le pida que introduzca la contraseña maestra. Tenga en cuenta que, si decide establecerla y en un futuro no la recuerda, esto podría causarla pérdida del certificado. Si no aparece ningún mensaje sobre la contraseña maestra, siga adelante.
  • Si estableció alguna contraseña de respaldo al generar la copia de seguridad, se mostrará una nueva ventana en la que se le solicitará que la introduzca. Si no introdujo ninguna, deje el recuadro en blanco y pinche en "Aceptar".
  • Si todo es correcto, aparecerá el mensaje "Se han restaurado satisfactoriamente...".

 

Sistemas de firma electrónica admitidos

Los medios de autenticación de los ciudadanos para poder interactuar con la administración en las ocasiones en las que se requiere identificación segura son los que se recogen el artículo 13.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio (BOE-A-2007-12352), de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos:

  • Sistemas de firma electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad, para personas físicas.
  • Sistemas de firma electrónica avanzada, incluyendo los basados en certificado electrónico reconocido, admitidos por las Administraciones Públicas.
  • Otros sistemas de firma electrónica, como la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, la aportación de información conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográficos, en los términos y condiciones que en cada caso se determinen.

Para obtener más información sobre qué es la firma electrónica, cómo puede obtenerse, quién puede proporcionarla, cómo y cuándo debe utilizarla acceda a la información que la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) pone a su disposición a través de CERES (Certificación Española).

Por su parte, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre (BOE-A-2009-18358), por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio (BOE-A-2007-12352), de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, distingue en su artículo 10, relativo a la firma electrónica de los ciudadanos, entre personas físicas, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica. En el caso de éstos últimos establece que las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica podrán utilizar sistemas de firma electrónica de persona jurídica o de entidades sin personalidad jurídica para todos aquellos procedimientos y actuaciones de la Administración General del Estado para los que se admitan.

CERES (Certificación Española). CERES (Certificación Española).

 

Certificados electrónicos admitidos

La sede electrónica del Ministerio admite certificados electrónicos reconocidos por @firma. Para utilizar los servicios y aplicaciones de esta sede se debe tener instalado el certificado de la FNMT clase 2 CA.

Certificado de la FNMT Servicio de información y descarga de los certificados de la FNMT

@firma Plataforma de validación de firma electrónica

VALIDe Servicio de validación y demostrador de firma electrónica

 

Certificados de sello y sede electrónica

Para la identificación y la autenticación del ejercicio de la competencia en la actuación administrativa automatizada, las Administraciones Públicas podrán utilizar Sellos electrónicos basados en certificados que reúnan los requisitos exigidos por la legislación de firma electrónica.

Un certificado de Sello Electrónico vincula unos Datos de Verificación de Firma a los datos identificativos y de autenticación de determinada Administración, organismo o entidad y la persona física representante de la Administración, organismo o entidad Titular del certificado y, en su caso, el personal en quien se delegue a efectos de la actuación administrativa automatizada.

El Ministerio de Ciencia e Innovación utilizará para la relación con el ciudadano los certificados de sello y sede electrónica recogidos en el artículo 27.4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio y publicados a continuación (BOE-A-2007-12352).

 pdf Resolución de 8 de febrero de 2021, de la Subsecretaría de Ciencia e Innovación por la que se crea el sello electrónico del Ministerio de Ciencia e Innovación. (pdf 266 KB)